Acuerdos legales para separación sin estar casados con hijos a cargo
Abogado Las Palmas - Adrián Mayor Valerón
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
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En los casos de separación de una pareja en la que hay hijos de por medio, resulta conveniente llegar a un acuerdo acerca de quién queda con su guarda y custodia, la cuantía de la pensión de alimentos, el régimen de visitas, el uso de la vivienda familiar... Es decir, muchos aspectos para los que es adecuado asesorarse previamente.
Por ello le diría que o bien acudan a un mismo abogado (o a un mediador familiar) si la relación entre ambos sigue siendo buena e impera el diálogo, o bien que cada uno contrate a su propio abogado para negociar los términos de la separación.
Si no llegaran a un acuerdo, su abogado presentará una demanda de medidas de la separación, para que sea un juez el que establezca, en la sentencia, el contenido del convenio regulador.
Un cordial saludo.
Cabe presentación de demanda de separación de mutuo acuerdo, para lo cual ha de existir acuerdo entre las partes en lo relativo a: guarda y custodia de la menor, pensión de alimentos para la misma y eventual pensión compensatoria, haciendo constar todos esos acuerdos en el convenio regulador que se acompañará a dicha demanda.
Si no hay acuerdo entre las partes debe vd. contratar su propio abogado y la otra parte el suyo. Vd. presentará sus pretensiones mediante demanda de separación que será contestada de contrario, resultando el Juez el que finalmente decida sobre las medidas que conformarán el convenio que regirá entre las partes.
Lo mejor es que acuda a un abogado cerca de su domicilio para que le explique sus posibilidades en concreto.
Un saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
Jubilado
Abogado de Rincón de la Victoria especializado en Violencia de género
Buenas tardes. No hay ningún problema en el hecho de que no estén casados. Reúna todos los gastos pasados, presentes y los que pueda tener en el futuro por los problemas de la peque, aí como los que se devenguen por la situación familiar que atraviese. Con todo ello debe dirigirse a un abogado para que le asesore en cuanto a la posibilidad de iniciar un procedimiento para la obtención de una pensión de alimentos, o bien de llegar a un acuerdo, a través del juzgado, en el caso de que la pensión que esté pagando sea la adecuada legalmente. En cuanto a los demás puntos se puede llegar a un acuerdo siempre que sea beneficioso para el desarrollo de la menor. También puede solicitar un abogado del Turno de Oficio, llamando al Colegio de Abogados para preguntar a dónde debe dirigirse. A su dispo
Abogado Urbanismo Marbella Cobo & Blázquez Lawfirm
Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia
Estimada señora: Para darle una respuesta concreta se necesitan más datos, como edad de la menor, ingresos de la familia, sus posibilidades para acceder a un trabajo, entre otras. Respecto a la vivienda, a nombre de quién esté el contrato.
Como respuesta general, el uso de la vivienda quedaría atribuida al que obtuviera la custodia de la menor; mientras que el que no tuviera la guarda y custodia deberá abonar una cantidad mensual para atender a los gastos y necesidades de la menor. La cuantía se establece en función de la edad de la menor, sus necesidades, los ingresos de los padres.
Como le decía, para una respuesta más adaptada se necesitan más datos, para ello podría fijar una cita en el despacho y tratar su caso de forma más personalizada.
Un cordial saludo. Elisa Blázquez
Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común
Apreciada consultante, antes de todos lo expuesto en las anteriores respuestas que compartimos, al no estar casados y al fin de agilizar los tramites, sería aconsejable que Ud y su pareja estén inscriptos en el Registro de las parejas de hecho. Un cordial saludo