Antecedentes por delito en carnet
Abogado manipulación de contadores Valencia - Álvaro Corbí Aguirre
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Sí, puesto que hay una condena penal.
SI el delito del que se deriva la retirada del permiso de conducir se ha cometido con posterioridad al 1 de julio de 2015, es decir, una vez haya entrado en vigor el actual Código Penal, los plazos de cancelación serán los siguientes:
a) SEIS MESES para las penas leves.
b) DOS AÑOS para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
c) TRES AÑOS para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
d) CINCO AÑOS para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
e) DIEZ AÑOS para las penas graves.
En cualquiera de los casos, el plazo de cancelación de los antecedenters penales empezará a contarse desde el dia siguiente a que se haya extinguido o cumplido la pena.
Si tendrás antecedentes penales por un delito contra la seguridad vial, que solo te afectará en caso de reincidencia o si quisieras preparar oposiciones, o entrar en el ejercito..... Por lo demás... No deberías preocuparte.
Buenas tardes,
Tendrás antecedentes pero no a efectos de entrar en prision. No obstante, trata de que no te vuelvan a condenar por delito contra la seguridad vial.
Saludos
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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Buenos días:
Dispondrá de antecedentes por el tiempo correspondiente a la pena que podrá cancelar pasado el tiempo de la condena.
Un saludo.