Aplazamiento del pago de la indemnización por despido por causas objetivas
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
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El despido por causas objetivas exige que la empresa ponga a disposición del trabajador la indemnización por despido, En su caso, como la empresa no lo hace el despido es improcedente y la indemnización que le corresponde será de 45 días por años de servicios, hata el 12 de febrero de 2012 y después de 33 días. Ud., por tanto puede optar entre reclamar por despido improcedente en el plazo de los 20 días siguientes a su despido, En este caso o paga la empresa si es solvente o el FOGASA, si la empresa no tiene solvencia. Si acepta el acuerdo de la empresa, puede Ud. o intentar cobrar los pagarés más tarde (calculados a razón de 20 días de salario). En este caso tambien como en el anterior, si la empresa no los paga o es insolvente puede reclmara el pago del FOGASA.
Estimado amigo, le aconsejo que coja los pagarés. Si no los coge, la empresa no podrá pagarle y se verá usted obligado a demandar, que es la misma situación en la que se encontraría si al vencer los pagarés no hay fondos para cubrirlos. En caso de que finalmente la empresa no proceda al pago, y después de llevarla a juicio y que ésta se declare insolvente, siempre podrá pedir el 60% restante al FOGASA, como responsable subsidiario. Un saludo