Asesoramiento legal para emancipación

Hola,

¿Cómo puedo conseguir la emancipación? ¿Qué requisitos tengo que cumplir para que me la aprueben?

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El mayor de 16 años y menor de 18 puede emanciparse de varias maneras: por matrimonio, por concesión de sus padres o vía judicial.
En este último caso el Juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
1.- Cuando quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o conviva de hecho con otra persona distinta del otro progenitor.
2.-Cuando los padres vivan separados.
3.- Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
4.- También podrá el Juez, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayoría de edad al tutelado que fuera mayor de 16 años y que así lo solicitara.
Esperamos haberle sido de ayuda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe de hablar con sus padres al respecto, pues ellos son los que deben de autorizarlo. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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