Asesoría en extranjería

Soy extranjero (colombiano) y el año pasado 2023 en el mes de enero vine a España y constituí una sociedad de responsabilidad limitada en Lanzarote con dos socios europeos (1 español y 1 italiano) luego de obtener la autorización previa para la inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria (ZEC). La constitución de la sociedad se realizó exitosamente mediante escritura pública en notaría y la misma fue dada de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (Modelo 036). La empresa cuenta con su respectivo NIF y lleva operando 1 año.

Yo, aparte de ser socio de la empresa también soy uno de los representantes y administradores (Los 3 socios somos representantes y administradores). Llevo varios meses trabajando para la empresa desde el extranjero en forma remota y ahora me interesa seguir trabajando dentro de España.

También llevo varios meses trabajando de forma remota y desde el exterior en otra empresa española desde la cual le estoy escribiendo este mail (Arenatours).

Tengo experiencia laboral comprobada en cargos directivos de más de 10 años en Colombia. No cuento con título profesional, pero sí cuento con título de educación de nivel bachiller técnico y más de una decena de certificados de estudios de cursos cortos como soporte de mis competencias.

Actualmente cuento con los siguientes documentos españoles:
- N.I.E. (Blanco)
- Firma Electrónica (Certificado de identidad de persona física)
- Declaración de inversión extranjera en sociedades no cotizadas, sucursales y otras formas de inversión (Modelo D-1A)
- Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales (Modelo 030)
- Número de seguridad social o número de afiliación expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Resolución de Inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Arrecife.
- Cuenta bancaria con IBAN Europeo.

Llegué a Lanzarote hace 2 semanas y sólo tengo permitido estar en España hasta el próximo 20 de abril de 2024 de forma regular.

Mi consulta la cual acudo a su asesoría para que me ayude a resolverla el día de la cita es la siguiente:

- ¿A cuál o cuáles permisos de trabajo y residencia puedo aplicar estando aquí en España, según mi situación actual?
- ¿Puedo ser contratado como trabajador por mi misma empresa y solicitar el permiso de trabajo?
- ¿Tengo alguna ventaja por ser socio y administrador de mi propia empresa para que me sea otorgado el permiso de trabajo y residencia?
- ¿La otra empresa en la que trabajo (Arenatours) me puede contratar para trabajar con ellos?
- ¿Cuál de los permisos de trabajo y residencia se puede tramitar en el menor tiempo posible y desde España?
- ¿Cuál o cuáles de los permisos tiene más posibilidades de ser otorgados antes del próximo 20 de abril?
- Quiero traer a mi familia lo más pronto posible a España (Mi esposa y 3 menores de edad). ¿Cuál trámite debo realizar para que ellos también cuenten con el permiso de residencia y en caso de los menores, permiso de estudio?

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Abogada divorcios en Las Palmas de Gran Canaria Ana María Lede Martínez
Contestado

Buenas tardes;
Siento transmitirle que, debido a la incompatibilidad del ejercicio de la abogacía con la profesión que estoy desempeñando en la Administración Pública en la actualidad, no puedo responderle a su consulta.
Muchas gracias y un saludo.
Disculpe las molestias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado