Autónoma independiente en bienes gananciales
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
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Buenas tardes:
Si es legal que le tengan como autónomo en la empresa familiar, ya que en caso de baja médica, si paga el correspondiente complemento en la cuota, así como otras mejoras, puede tener derecho a la prestación correspondiente, mientras que en el caso de desempleo, suelen denegarlo por considerar la empresa familiar como relación familiar y supuesto de "fraude legal".
Por otro lado, al estar en régimen de gananciales si tiene derecho a participar en los beneficios de la misma en su parte, al igual que también participa en los gastos o pérdidas o deudas.
Saludos
JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Es perfectamente legal que esté como autónomo en la empresa familiar de la que forma parte.
En segundo lugar, en el reparto de bienes gananciales, su cónyuge tiene derecho a la mitad de los beneficios que Ud. perciba de la empresa.
Cuestión aparte es la titularidad de sus participaciones sociales en la empresa. Si dichas participaciones sociales fueron constituidas o adquiridas ANTES del matrimonio, se tratarían de bienes privativos y no entrarían en la liquidación de bienes gananciales. Si por el contrario, sus participaciones sociales entraron a formar parte de su patrimonio DESPUÉS contraer matrimonio, serían bienes gananciales susceptibles de liquidación.
Para cualquier cuestión, no dude en contactar con nuestro despacho, y le atenderemos gustosamente.
Juan Pérez
ABOGADO