Baja voluntaria laboral y requisitos para cobrar indemnización
Abogado Despidos Valladolid Yolanda Mosteiro Velasco
Abogado de Valladolid especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes:
En caso de baja voluntaria, le deberán abonar lo que le corresponda en concepto de liquidación, lo que llamamos finiquito, en el mismo le han de incluir:
-Los días del mes correspondientes hasta su marcha.
-Pago de las vacaciones no disfrutadas.
-Parte proporcional de la paga extraordinaria, si Ud. no las tiene prorrateadas.
Nos ponemos a su disposición si quiere que le revisemos su escrito de finiquito,no obstante si tiene alguna duda a la hora de firmar dicho escrito ponga la coletilla "no conforme", y procederemos a constatar si los cálculos se han hecho correctamente.
Saludos cordiales.
Yolanda Mosteiro Velasco
JSJ ABOGADOS
ymosteiroabogada@gmail.com
Móvil 692 77 77 42.
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenas tardes,
En caso de baja voluntaria le corresponde cobrar el finiquito, esto es la parte proporcional de sus vacaciones no disfrutadas en un año natural y la parte proporcional de sus pagas extras, si es que no las tenía prorrateadas en su nómina. Si nos envía la última nómina y nos indica los días de vacaciones que le deben se lo podemos calcular previa aceptación del presupuesto correspondiente. Rosa Nieto, abogado,puede contactar via mail rosanieto@icab.cat