Caducidad de expediente de demolición

Buenos días
Me gustaría saber qué tiempo tiene un ciudadano con un expediente abierto …
Me gustaría saber qué tiempo tiene un ciudadano con un expediente abierto por el ayuntamiento, para demoler una caseta, y muros de piedra y cemento, el suelo era urbanizable sectorizado sin desarrollar, hoy rústico normal, hasta que haya urbanización. Éste señor construyó una caseta, y varios muros y escaleras de piedra y cemento, cuando no podía hacer absolutamente nada de construcción, después de un año aún lo tiene todo en pie, no ha derribado ningún gramo de cemento, por lo que se, en el confinamiento aprovecharon para hacer dichas construcciones, menos algunas que hizo el año pasado, entonces si son tan amables y pueden decirme, ¿si dichas construcciones tienen caducidad? ¿O si bien el ayuntamiento puede volver a mandar expediente de demolición? Gracias ésto está en un pueblo de la provincia de Málaga: CP: 29566, mi interés en saber, es por que yo tengo el mismo suelo y jamás me han dejado hacer nada, éste señor tiene su parcela urbana y construida y quería parte del suelo para hacer un huerto, sin cemento ni ladrillos, solo huerto, a lo cual hizo dichas construcciones, ¿entonces yo me gustaría saber si tiene que demoler o no? Si caduca esas construcciones, para yo también hacerlas, pues como digo es el mismo suelo y parcela que la mía.

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ALBERTO ULIZARNA ABOGADOS

ALBERTO ULIZARNA ABOGADOS

Abogado de Benidorm especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días,

Entiendo que no ha habido orden de demolición, si no que se encuentra con expediente abierto sin resolución. Cada Comunidad Autónoma establece un plazo de caducidad de este expediente, siendo en caso de Andalucía de 1 año. Transcurrido ese año sin resolución, el expediente caduca y la resolución (en caso de que se produzca) carecerá de efectos.

Un saludo.

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