Cambiar de prorroga de estudios a residencia trabajo por cuenta ajena
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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En principio no tendría que regresar a su país. Tendría que acreditar ante la Oficina de Extranjería de su domicilio que cumple los requisitos para que le sea concedida la autorización de trabajo por cuenta ajena mediante los documentos que lo prueben, rellenar el modelo de solicitud y pagar las tasas correspondientes.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenos días, como te comenta el compañero, en principio no tendras que regresar a tu país, deberas ir a la oficina consular española de tu domicilio y realizar los trámites necesarios para solicitar el cambio de residencia de estudios por el de trabajo.
Saludos
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