Cambio de apellidos: registro civil
Si es usted de nacionalidad española, debe solicitar autorización al Ministerio de Justicia, porque ese caso no está expresamente contemplado en el Reglamento, aunque podría autorizarse.
De todos modos, como lo que usted plantea no está previsto, el Ministerio mirará con lupa que la decisión que usted toma sea libre.
Ignacio Tomás
Abogado
itomas@dorigaportabella.com
www.dorigaportabella.com
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Lo que usted solicita, caso de tener nacionalidad española, no será fácil. La legislativa española no lo permite, si bien establece que cualquier circunstancia que afecte al nombre y apellidos puede solicitarse ante el ministerio de justicia.
Por ello, la única solución será hacer esta petición ante el ministerio de justicia, pero ya le anticipo las pocas opciones de éxito.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, tal y como comentan los compañeros debe usted solicitar autorización al Ministerio Fiscal. Estamos a su disposición para lo que precise.
Un saludo. AG abogados. www.agabogados.cat
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
No esta especialmente previsto. Por tanto debe iniciar expediente