Cambio de calificación territorial

Me gustaría saber como puedo solicitar al ayuntamiento una re-calificación de un terreno. ¿Hay alguna ley que obligue al ayuntamiento a realizar esta re-calificación?

Gracias

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ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
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Buenos días:
En principio no existe ninguna ley que obligue a recalificar los terrenos, pues la potestad de clasificación y calificación del suelo la tiene el Ayuntamiento y es una potestad discrecional, con las salvaguardas exigidas legalmente.

Además depende de la clase de suelo en la que usted esté y a la cuál pretende recalificar. No obstante lo anterior, es posible solicitar una recalificación siempre y cuando el terreno cumpla todos los requisitos que sean exigibles para el suelo sobre el que se pretende la recalificación. El trámite es el mismo que para la modificación de un plan general, lo que implica una tramitación larga y generalmente costosa.

Habría que presentar un proyecto de modificación de plan general para recalificar el terreno. Puede consultar en la Ley del Suelo de su comunidad los trámites a seguir. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
Atentamente.

NOTA.- Al contestar su pregunta, sin más datos que los que nos facilita, hemos partido de la premisa de que la recalificación que se pretende es para un terreno que no está inmerso en ninguna actuación urbanística.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días,

En primer lugar, quiero entender que cuando se señala recalificar, está usted queriendo decir reclasificar, es decir, solicitar la conversión de un suelo de tipo rústico a urbanizable (por ejemplo), o de urbanizable a urbano consolidado (por poner otro ejemplo). Pues bien, comentarle que depende del caso en concreto será viable la actuación o no. En principio, los suelos rústicos están destinados a permanecer como tales, salvo imperiosa necesidad de suelo donde ubicar algún equipamiento público o privado, o dotación, o alguna gran actuación urbanística de carácter excepcional que no quepa en la ciudad. Para el crecimiento de la ciudad comentarle que ya están previstos para ello los suelos urbanizables. No obstante, siempre y cuando se pueda justificar la actuación, podría negociarse un convenio urbanístico con la Corporación Local. En caso de que lo que se pretenda es desclasificar suelo, si el mismo ya está urbanizado, por lógica, es inviable, pues habría que demoler y desconsolidar el suelo. Un urbanizable podría pasar a rústico si se consideran cubiertas las necesidades de crecimiento urbano. Le sugiero que coja cita en nuestro despacho, dado que somos especialistas en derecho urbanístico de Canarias, para ampliar y concretar la información, así como estudiar las posibilidades de obtener una reclasificación del suelo.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Depende del tipo de terreno del que se trata. Legalmente, sólo el suelo urbano tiene carácter reglado, lo que obliga al Ayuntamiento a su clasificación como tal si se dan las circunstancias que establece la Ley. Aunque también depende de cómo se encuentra el proceso de revisión del planeamiento general de su municipio.
Quedo a su disposición para cualquier aclaración adicional.
Jesús Villodre

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