Cambio de cerradura antes de sentencia
Desconozco si el uso del domicilio conyugal se lo han adjudicado a usted, pero imagino que sí. Y si el convenio está ratificado, a la espera de sentencia, la pregunta es si han puesto alguna clausula al respecto. En principio, el cambio de cerraduras de una vivienda conyugal común, sin sentencia, podría constituir una falta de coacciones, pero si ustedes viven separados ya desde hace tres meses, y está ratificado el convenio, entiendo que no hay motivo para que pueda prosperar una denuncia al respecto.
Quedo a su disposición.
Arantzazu Cagigal
Abogada
Abogado Mercantil Salamanca JUAN FRANCISCO MERCHAN MATEOS
Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil
Hola muchas gracias por la deferencia y confianza, pero creo que su consulta debería formularla ante el/la profesional con quien tramitó el proceso de divorcio.
Un cordial saludo.