Cambio de horario imprevisto
Buenos días,
Por lo que nos indica, más que acoso, que es complicado de demostrar, podría tratarse de una modificación de las condiciones laborales (art 41 E.T). El trabajador puede acogerse a dicha modificación, impugnarlo por no estar justificado y no haber procedido al aviso de los 15 días que legalmente se tiene que establecer, o por último rescindir el contrato con una indemnización de 20 días.
Un saludo
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Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, entiendo que más que un acoso y denunciar puesto que habría que probarlo y por un cambio de horario no es muy viable, entendería más una demanda por impugnación de la modificación del horario sin haber acuerdo por ambas partes. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento.
Un saludo, Cristina
Buenos días;
Habría que analizar el caso concreto, pero como indica se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y por lo tanto usted podría rescindir el contrato teniendo derecho a una indemnización.
Para más información no dude en contactar con nuestro despacho, estaremos encantados de ayudarlo.
Un saludo.
Buenos días,
Efectivamente podría iniciar acciones legales, por varios procedimientos, dependiendo de lo que pretenda conseguir (su salida de la empresa con una indemnización, la restitución de su horario, etc.)
Sería conveniente estudiar el caso en profundidad para ver que opción le interesa más.
Un saludo
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Si claro, es una modificación de sus condiciones de trabajo que le permite a usted rescindir incluso el contrato. Saludos
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
Denunciar puede. Pero hay que demostrar el acoso y la arbitrariedad del cambio horario.