Cambio de nombre depósito bancario

Tengo un depósito bancario a nombre de una Comunidad de Bienes que vence en Agosto 2014 , y deseo pasarlo sólo a nombre de las dos personas que conformamos la Comunidad de Bienes. El banco me dice que legalmente y jurídicamente es imposible , que tengo que cancelar este depósito ( con los consiguientes gastos de penalización ) y contratar después un nuevo depósito a nombre de estas dos personas, con nuevas condiciones. Quisiera saber si esto es correcto o es manipulación.

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Contestado

Tenga en cuenta que el titular del depósito es una entidad jurídica, es decir, dispone de un número de identificación fiscal concreto. Siendo titular de dicho depósito única y exclusivamente dicha entidad. En consecuencia, si sé quiere cambiar la titularidad, aunque sea a nombre de dos de las personas que conforman la comunidad de bienes, esto pasa efectivamente por tener que cancelar dicho depósito para ponerlo a nombre de los nuevos titulares.
Claro está que siempre está en mano del banco atenuar las cláusulas de penalización, y se puede hablar con el banco que una vez finalizado el plazo del depósito lo cambiará de banco si no le quita la penalización y los gastos que se deriven.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado