Cambio de régimen de visitas por traslado laboral

¿Cómo afecta un cambio de ciudad y trabajo a mi régimen de visitas y mi pensión de alimentos a la que estoy obligado para con mi hija en mi convenio de divorcio?

Tengo la oportunidad de mejorar mi puesto de trabajo pero es en una ciudad lejana a la mía. Esto me impediría atender el régimen de fines de semana y visitas que actualmente tengo con mi hija establecida en el convenio del divorcio.

¿Cómo se puede compatibilizar esto? ¿Cómo puede afectarme en la pensión compensatoria? Tengo el temor de que mi exmujer aproveche para pedir más dinero y disfrutarlo con su actual pareja (puesto que no mejoraría el status de mi hija). ¿Puede ella pedir más dinero si se entera de mi mejora salarial o por no poder atender el régimen de fines de semana y vacaciones, tal y como se describe? Sí visitaría a mi hija, obviamente, pero con otra frecuencia.

Gracias

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Buenas tardes,

yo le recomiendo que realice por medio de aboagado y procurador y ante el juzgado que ya conoción una modificación de las medidas interesando la modificación del régimen de visitas por cambio sustancial de circunstancias por traslado laboral.

Realice dicha petición antes de marcharse, y piense bien cómo podría disfrutar de su hija, cómo se harían los desplazamientos, quién los costearía, etc.

Desde luego si no desea o no puede modificar la pensión de alimentos habrá argumentos para defender su postura si fiere reclamada la modificación de contrario.

Un saludo,

Inmaculada Ruiz Doménech

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADOS ELCHE ESQUITINO TRIVES Y BERENGUER S.L.P.
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Sería necesario conocer las circunstancias particulares de su asunto, para lo cual puede contactar con nuestro despacho. Sí le podemos indicarle que ante un cambio de residencia lo normal es que solicite Vd. una modificación de medidas para adecuar su régimen de visitas a la nueva situación. Una modificación en cuanto al régimen de visitas, si se disminuyeran los días en los que su hija permanece con Vd. podría fundamentar una pretensión de modificación de la pensión de alimentos o compensatoria, pero no quiere decir que fuera a estimarse sin más. Quedamos a su disposición. Un cordial saludo.

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