Cambio de régimen de visitas por traslado laboral
Abogado Torrevieja Domenech Abogados
Abogado de Torrevieja especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes,
yo le recomiendo que realice por medio de aboagado y procurador y ante el juzgado que ya conoción una modificación de las medidas interesando la modificación del régimen de visitas por cambio sustancial de circunstancias por traslado laboral.
Realice dicha petición antes de marcharse, y piense bien cómo podría disfrutar de su hija, cómo se harían los desplazamientos, quién los costearía, etc.
Desde luego si no desea o no puede modificar la pensión de alimentos habrá argumentos para defender su postura si fiere reclamada la modificación de contrario.
Un saludo,
Inmaculada Ruiz Doménech
ABOGADOS ELCHE ESQUITINO TRIVES Y BERENGUER S.L.P.
Abogado de Elche/Elx especializado en Responsabilidad Civil
Sería necesario conocer las circunstancias particulares de su asunto, para lo cual puede contactar con nuestro despacho. Sí le podemos indicarle que ante un cambio de residencia lo normal es que solicite Vd. una modificación de medidas para adecuar su régimen de visitas a la nueva situación. Una modificación en cuanto al régimen de visitas, si se disminuyeran los días en los que su hija permanece con Vd. podría fundamentar una pretensión de modificación de la pensión de alimentos o compensatoria, pero no quiere decir que fuera a estimarse sin más. Quedamos a su disposición. Un cordial saludo.