Cambio de testamento y venta de un piso

ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Su padre falleció y también su hermano. De ahí salen dos herencias, y en la de su padre usted necesariamente es parte. Ignoro si lo es también en la de su hermano, dónde sin duda alguna sí lo es su hija y sobrina de usted. Lo relevante para usted es saber que pasa con el piso de sus padres que ahora también es de usted, sus hermanos y su sobrina por herencia de su hermano fallecido. Como su madre sigue viva, lo que haga o deje de hacer ahora con su testamento nos da igual porque solo tendrá efecto tras su muerte y es esencialmente revocable. Con estos antecedentes, mas bien se trataría de sondear las posibilidades de liquidar el condominio sobre el inmueble abonando en metálico a cada uno su parte y no veo mayor problema en ello, aparte de llegar a un acuerdo sobre el precio. Pero en cualquier caso tome esto como mera reflexión a falta de conocer los detalles concretos del caso.

BUENOS DÍAS:
Al fallecimiento de tu padre, os correspondería de toda la masa hereditaria;
A tu madre, el 50% + 1/3 y los 3 tercios restantes a los herederos legales, que en éste caso sois los hijos.
Al fallecer tú hermano su tercio que le corresponde por herencia pasaría a ser de su hija por (legítima), de la parte que le corresponde a tú madre , si ha otorgado testamento y te cede su parte, puede hacerlo, pero la parte que corresponde de la herencia de tu padre que sería el 1/3 de tu hermano, si es de tú sobrina y sin su autorización no se puede vender ninguna propiedad que provenga de ésta herencia.
Si necesita más información, por favor contacte de nuevo.
Saludos cordiales.

Abogado divorcio Majadahonda Mónica Martín Closas
Abogado de Majadahonda especializado en Derecho Civil
Buenos días, en primer lugar habrá que ver tanto el testamento de tu padre, como el de tu hermano, si es que lo otorgaron antes del fallecimiento, para poder el reparto de la herencia, que por lo que deduzco todavía no se ha hecho. No obstante, si la hija tiene algún derecho respecto de la herencia de su padre, porque este no la haya desheredado por indignidad, siempre se la pueda compensar con dinero, para que podáis disponer del inmueble. Un saludo,

El piso no se puede vender hasta que se haga la declaración de herederos y conste quien es el propietario en el Registro de la Propiedad.

Abogado especialista en extranjería y divorcios Madrid - laboral-nacionalidades
Abogado de Alcorcón especializado en Derecho Civil
Buenos días desde nuestro despacho podemos ayudarte en su problema y estaremos encantados de hacerlo.