Falta de firma de un heredero para dividir el dinero del banco
Abogado herencias San Sebastián Antxon Pérez de Mendiguren Luzuriaga
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho Civil
Una vez firmada la escritura de partición de herencia en la Notaria y liquidado el impuesto de sucesiones, el banco no puede negarse a realizar el reparto de las cuentas del causante entre los herederos.
En caso de no haber firmado la escritura de partición de herencia por negativa de uno de los herederos, se podría requerir este último por conducto notarial, para que en un plazo de un mes acepte o renuncie a la herencia.
Otra opción sería plantear una acción de partición de herencia en el Juzgado.
Abogada de Divorcios en San Sebastián Donostia LOURDES EMPARANZA
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. Para repartir el dinero se necesita que todos estén de acuerdo.
El testamento no se firma por los tres sino por el causante. Entiendo que ha querido decir que el reparto de la herencia está firmado por lo tres. De ser cierto esto último junto con el impuesto de sucesiones pueden entregarlo en el banco y repartirlo
Saludos
Lourdes Emparanza.
ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO IRUN Daniel Loza Saldias
Abogado de Irun especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes,
En primer lugar, es necesario aceptar la herencia.
En segundo lugar, hay que e proceder a la partición de la misma, lo que entiendo que está sin hacer y por lo cual no podéis repartiros el dinero del banco.
Mi recomendación es que lleguéis a un acuerdo, o sino instar la repartición y adjudicación de la herencia.
Saludos