Carta de pago de multas no recibidas
ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes. Seguramente, han sido notificadas mediante su publicación por edictos al ser fallidos los intentos de notificación personal en su domicilio. Para saber exactamente porqué la Administración no ha podido notificarle personalmente las multas, y/o en su caso pudieran estar prescritas, tendría que ir a examinar su expediente administrativo, y con su resultado realizar las oportunas alegaciones o recursos que le confieren; todo ello, dentro del plazo que le otorgan desde la fecha en que le fueron notificadas últimamente (suele ser un plazo de quince días, o un mes en vía de recurso) En cualquier caso, los plazos y recursos a los que Usted tiene derecho constan descritos en la resolución que se le notifica. Si desea asesoramiento especializado sobre su caso y contratar nuestros servicios, estamos a su disposición. Un cordial saludo
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Buenos días, se puede acudir a la vía contenciosa-administrativa pero hay que ver si es viable el asunto, es decir, sabiendo los motivos por los cuales no ha llegado, ya sea cambio de domicilio u otra circunstancia. Puede concertar una cita con nuestro despacho y estudiar el caso. Reciba un saludo.