Casa con tierras sin escrituras
Abogado divorcio y familia Fuengirola - Vázquez Alarcón
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho Civil
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No me queda clara muy bien su pregunta. Lo primero que me cuestiono es si el suelo se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad (imagino que sí). Si es así, yo le aconsejaría lo mismo que le han aconsejado el resto de compañeros que han respondido su pregunta: compraventa o donación. En segundo lugar, no queda claro quién es la otra persona, si es su cónyuge, pareja de hecho, hijo/a, amigo/a, vecino/a, hermano/a,, o ex cónyuge, lo cual es importante para ver el papel que desempeñaría ante cualquier escritura por el derecho que tiene como dueño de la vivienda. Siento no poder ayudarla más pero me faltan datos para poder atender su cuestión.
Un saludo.
Abogado de despidos en Vigo - Fragueiro Asesores & Abogados
Abogado de Vigo especializado en Derecho Civil
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Por la explicación que da, parece que el total de metros se computa en la misma finca por herencia, ¿es así?. Si no lo es podemos seguir con la consulta pero, si es como deducimos, igual es porque está sin hacer la adjudicación de herencia, éste sería el primer paso.
A continuación, ya podréis enviar al catastro una petición de corrección y que se modifique en sus archivos para, después, poder modificar el IBI.
Un saludo.
Abogado incapacidad Málaga Juan Rojano Trujillo
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
Hola. Si su madre vive aún y la propiedad figura a su nombre tendrán que realizar una compraventa o una donación para poder adjudicarse cada persona la parte que le interese y hacer la correspondiente inscripción en el REgistro d ela propiedad.
Si ya hicieron el trámite de la compraventa o donación les falta la parte del REgistro y comunicación a catastro.
Si por el contrario es una herencia el título por el cual es de su propiedad (improbable si está a nombre de su madre y ésta ún vive) tendrán que hacer el trámite de la adjudicación de herencia primero.
Un saludo
Abogado incapacidad Málaga Juan Rojano Trujillo
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
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Si su madre vive aún y está todo a su nombre tendrán que hacer una compraventa o una donación para poder poner cada propiedad a nombre de quien ustedes quieran.
Si viene de una herencia a su favor tendrán que hacer la adjudicación de herencia.
Un saludo