Certificado eficiencia energética

Somos 5 primos q tenemos casa en un pueblo( cada uno tiene 1/5).Queremos vender y quiero saber si necesitamos el certificado de eficiencia energética(por si lo ponemos en inmobiliaria o ponemos cartel).La casa es grande,sólo se habita en algún fin de semana o diad en verano.Tb sprovecho para preguntar una cosa.Yo he conseguído una tasacion on line de la cs q es bastante buena.Peto partes de los primos dicen q no es suficiente van a solicitar una profesional y como son 3/5 se basan en ese acuerdo para solicitarla y q la paguemos entre todos.La tasacion profesional no la queremos ni pars extinguir condominio,ni para dubasta...Además si la pusiéramos en inmobiliaria,no nos ayudarían cn el precio para ponerlo a la vents.Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
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Buenos días. Desde hace algún tiempo es exigible el certificado de eficiencia energética para viviendas de una superficie superior a los 30 m2 aproximadamente. Esta información os la concretará mejor el Notario donde realicéis la escritura de venta. En cuanto a la tasación, siempre son dispares. Mejor las oficiales que las de perito particular que conllevan costes. Por eso es mejor tomar las valoraciones que realiza la propia Comunidad autónoma a efectos de impuesto de transmisiones patrimoniales para evitar problemas con Hacienda en las liquidaciones y sirven también como tasación. Aunque si el precio de la venta es menor a dicha valoración de la Comunidad autónoma tampoco sería problema ya que dicha liquidación del impuesto de transmisiones sería a cargo de la parte compradora. No obstante, si parte de los vendedores desean hacer una valoración particular, y no cuentan con el consentimiento del resto, éstos, no están obligados a sufragar los gastos de la tasación. Siempre es mejor llegar a un acuerdo para fijar el precio. Si no hay acuerdo para vender, se puede acudir a la vía judicial. Si necesita una atención más personalizada en la gestión o la venta, estamos a su disposición. Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
El certificado de eficiencia energética es obligatoria para la venta y para el arrendamiento, y en caso de venta, el notario la va a exigir, ya que en caso contrario no puede otorgar la escritura de compraventa.
En cuanto a la tasación de la vivienda, si no llegan a un acuerdo, lo mejor es que la tasación la lleve a efecto una empresa oficial de tasación, o la empresa tasadora de un banco, ya que si no llegan a un acuerdo y tienen que acudir a la vía judicial, para pedir la división de cosa común, y posteriormente la subasta judicial, deben tener una tasación oficial.
Mi consejo es que traten de ponerse de acuerdo en el precio, ya que la intervención judicial para conseguir la venta es un procedimiento largo y costoso, además de que en la subasta se suele vender más barato.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, ya que he sido más de 40 años oficial de notaria y son temas a los que estamos muy acostumbrados
Un cordial saludo

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Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días, el certificado de eficiencia energética es obligatorio tenerlo tanto para vender como para alquilar con independencia de si es por inmobiliaria o particular. Un saludo

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Es obligatorio por ley, pero cabe que los compradores eximan de su presentación.
La tasación no es gasto de la casa y por lo tanto no es obligatorio.

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