Certificado eficiencia energética
ABOGADO DIVORCIO MADRID BUFETE LOPEZ ALVAREZ
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Buenos días. Desde hace algún tiempo es exigible el certificado de eficiencia energética para viviendas de una superficie superior a los 30 m2 aproximadamente. Esta información os la concretará mejor el Notario donde realicéis la escritura de venta. En cuanto a la tasación, siempre son dispares. Mejor las oficiales que las de perito particular que conllevan costes. Por eso es mejor tomar las valoraciones que realiza la propia Comunidad autónoma a efectos de impuesto de transmisiones patrimoniales para evitar problemas con Hacienda en las liquidaciones y sirven también como tasación. Aunque si el precio de la venta es menor a dicha valoración de la Comunidad autónoma tampoco sería problema ya que dicha liquidación del impuesto de transmisiones sería a cargo de la parte compradora. No obstante, si parte de los vendedores desean hacer una valoración particular, y no cuentan con el consentimiento del resto, éstos, no están obligados a sufragar los gastos de la tasación. Siempre es mejor llegar a un acuerdo para fijar el precio. Si no hay acuerdo para vender, se puede acudir a la vía judicial. Si necesita una atención más personalizada en la gestión o la venta, estamos a su disposición. Saludos cordiales
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
El certificado de eficiencia energética es obligatoria para la venta y para el arrendamiento, y en caso de venta, el notario la va a exigir, ya que en caso contrario no puede otorgar la escritura de compraventa.
En cuanto a la tasación de la vivienda, si no llegan a un acuerdo, lo mejor es que la tasación la lleve a efecto una empresa oficial de tasación, o la empresa tasadora de un banco, ya que si no llegan a un acuerdo y tienen que acudir a la vía judicial, para pedir la división de cosa común, y posteriormente la subasta judicial, deben tener una tasación oficial.
Mi consejo es que traten de ponerse de acuerdo en el precio, ya que la intervención judicial para conseguir la venta es un procedimiento largo y costoso, además de que en la subasta se suele vender más barato.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, ya que he sido más de 40 años oficial de notaria y son temas a los que estamos muy acostumbrados
Un cordial saludo
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenos días, el certificado de eficiencia energética es obligatorio tenerlo tanto para vender como para alquilar con independencia de si es por inmobiliaria o particular. Un saludo
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Es obligatorio por ley, pero cabe que los compradores eximan de su presentación.
La tasación no es gasto de la casa y por lo tanto no es obligatorio.