Choque contra un restaurante

Hoy iba en la moto con un amigo y nos hemos chocado contra un restaurante de Madrid. Hemos roto el cristal del restaurante, una mujer que había dentro se ha cortado y yo me he dislocado el hombro. Ha venido la policía pero no sabemos qué nos puede pasar ni si necesitamos a un abogado. ¿El seguro de la moto lo cubre todo?

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Los daños causados tanto al restaurante como a la señora estarían cubiertos por el seguro de la motocicleta. Vd. debe comunicar a su seguro dicho siniestro en el plazo de siete dias (hágalo de forma documental). Si el acompañante de la motocicleta ha sufrido lesiones también tiene derecho a reclamar al seguro de la motocicleta. Sólamente el conductor de la motocicleta no tendría derecho a reclamar al seguro (salvo que su seguro cubriera expresamente los daños del conductor). Es conveniente que se asesore en cualquier caso por un abogado. Normalmente su seguro debe tener la cobertura de defensa jurídica, en cuyo caso cubriría la designación de abogado particular hasta el límite previsto en la póliza. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Barakaldo especializado en Derecho Civil

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Tal y como explican mis compañeros, tu seguro cubrirá en función de las coberturas que tengas contratadas. De momento no tienes porque necesitar un abogado, pero si has sido denunciado o demandado, te lo harán saber y entonces necesitarás un abogado. Para cualquier duda no dudes en contactar con nosotros.
Un saludo
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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Si la policía asistió se levantará un atestado y seguramente tendrás que asistir a un juicio. Desde luego que necesitarás un Abogado. Con respecto al seguro, habrá que ver las condiciones en que ocurrió el accidente y la póliza. Quedo a su disposición para ampliar esta información.

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ABOGADO CIVIL BILBAO - ARTEZBIDE Servicios Jurídicos
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Buenos días: En principio su seguro cubrirá la responsabilidad civil causada por la acción de la moto, esto es los daños generados a terceros, dentro de los límites de la póliza. Cuantías, que dentro de lo que menciona, estarán cubiertas por el seguro obligatorio

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