¿Qué clase de festivos corresponden al padre en régimen de visitas?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe consultarlo con su abogado, que es quien mejor conoce el caso; deben decidir vds., cual es la solución mas aconsejable para el menor, dado que no se especifica en la resolución este caso concreto de ser no lectivo pero no festivo; por idéntica razón pasaría lo mismos en vacaciones u otros momentos escolares en que no sean lectivos, pero no festivos; traten de llegar a un acuerdo y en caso contrario, solicite una aclaración a través de su abogado, para los que puedan suceder en el futuro, o acuerden algo al respecto. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogados González Besada
Abogado de Nigrán
Hola, normalmente se establece en la sentencia que cuando exista un festivo inmediatamente anterior o posterior al fin de semana o unido a éste por un puente, se considerará agregado al fin de semana y, en consecuencia, procederá la estancia con el progenitor al que corresponda el fin de semana. Considerado como día no lectivo por el centro escolar, en mi opinión, procede se agregue al fin de semana del que disfruta el progenitor.
Un saludo,
Miguel Ángel González-Besada Piñeiro
Abogado.
c/ Manuel Lemos 22,1 º B (La Ramallosa-Nigrán)
Alberto Gonzalez Rodriguez
Abogado de Pontevedra especializado en Procesal Civil
Es correcto lo que dice el padre, al ser el festivo el sábado y pasarlo al lunes, es como si el festivo fuese el lunes. Imagine que lo hicieran con su trabajo: si el lunes, aun siendo no festivo lo declaran no laborable, Vd. no tendría que ir. Espero haberla ayudado.
Un saludo.