Cláusula suelo de un prestamo con garantia hipotecaria
Las entidades condenadas por la Sentencia del Tribunal Supremo (BBVA, Cajamar y NCG) solamente están eliminado el suelo de sus hipotecas suscritas por clientes para viviendas de primera o segunda residencia, garajes, locales, etc.
La Sentencia del Supremo habla de cláusulas abusivas y de falta de transparencia. Afecta a todas aquellas escrituras de préstamos con garantía hipotecaria independientemente de cuál sea el uso del inmueble en cuestión.
Por tanto, tratándose de una de las entidades condenadas por la Sentencia del Supremo, lo más recomendable sería iniciar la reclamación mediante la interposición de la queja ante el SAC de la Entidad, guardándonos la vía judicial sólo para el caso de que las reclamaciones iniciales no fuesen fructíferas.
Queda igualmente protegido como consumidor aunque no se trate de hipoteca para adquisición de vivienda habitual, si bien es verdad que cuando estamos ante este último caso, la protección es aún más alta por la gravedad que supone la pérdida de la vivienda habitual.
Somos expertos en la materia y le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro si lo desea.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
Buenas tardes. El hecho de que en su escritura aparezca una cláusula suelo implica que tiene derecho a exigir que se la quiten y a cobrar las cantidades indebidamente cobradas por aplicación de dicha cláusula, independientemente de si el préstamo se destina a una cosa o a la otra. Estamos hablando de cláusulas abusivas en contratos bancarios con consumidores, no del destino final del dinero. Gracias.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Yo coincido igualmente. Se trata de cláusulas que pueden ser abusivas con independencia del destino que se dé al dinero procedente del crédito, por lo que si lo son, es posible iniciar trámites para su eliminación, para lo cual si lo desea, me pongo a su disposición.
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
La nulidad de la cláusula no depende de que se destine el préstamo a vivienda habitual. Por tanto puede prosperar. Quedamos a su disposición. Un saludo.
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Coincido con las opiniones anteriores. EL destino del préstamo nada tieen que ver con la falta de transparencia en la concesión del préstamo hipotecario
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Lo que se tiene que acreditar es la falta de transparencia en la concesión de dicho préstamo.
a su disposcion