¿Un coche a mi nombre se considera enser personal?

La cosa es que mi mujer y yo estamos casados ( En Rumania y tenemos un hijo ) y ella se ha ido de casa, llevándose consigo muchos bienes ( Ordenador, televisor, etc ) y también el coche, que esta a mi nombre, y tengo una orden para recoger mis enseres personales de su casa, la pregunta es ¿El coche entra dentro de los enseres personales? Y los demás objetos... ¿Cómo los separo entre personales y bienes comunes?

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En relación a su pregunta, comentarle que la ropa, mobiliarios y enseres de la vivienda constituyen el ajuar doméstico. El relación con el vehículo si se compró con dinero del matrimonio pertenece a la sociedad de gananciales, aunque en su caso si se casó en Rumanía habrá que estar a su régimen matrimonial. Considero que el vehículo no forma parte de los enseres personales, si bien le aconsejo cambiar la titularidad en Tráfico o al menos hacer constar que el vehículo está siendo usado por su esposa, para evitar que le pueda llegar alguna multa, sanción o responsabilidad por cualquier accidente ocasionado en el uso del vehículo. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Si el coche esta a tu nombre, de momento es tuyo. No se lo puede llevar. Saludos

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