¿Un coche a mi nombre se considera enser personal?
En relación a su pregunta, comentarle que la ropa, mobiliarios y enseres de la vivienda constituyen el ajuar doméstico. El relación con el vehículo si se compró con dinero del matrimonio pertenece a la sociedad de gananciales, aunque en su caso si se casó en Rumanía habrá que estar a su régimen matrimonial. Considero que el vehículo no forma parte de los enseres personales, si bien le aconsejo cambiar la titularidad en Tráfico o al menos hacer constar que el vehículo está siendo usado por su esposa, para evitar que le pueda llegar alguna multa, sanción o responsabilidad por cualquier accidente ocasionado en el uso del vehículo. Un saludo
AFIN ABOGADOS. Abogados PENALISTAS y de FAMILIA Murcia
Abogado de Murcia especializado en Responsabilidad Civil
Si el coche esta a tu nombre, de momento es tuyo. No se lo puede llevar. Saludos