Comedor escolar en custodia compartida
Buenas tardes, en base a los datos que me indica, podría considerarse que si la madre decidiera quitar a los niños del comedor durante esos dos días, podría suponer una modificación unilateral de medidas, que obviamente implicaría un incumplimiento unilateral de la Sentencia. De todas formas, veo altamente improbable, que la el comedor del centro en el que se encuentran sus hijos permita un régimen de comedor come el que usted manifiesta. No obstante lo importante es conocer el auto de medidas definitivas o la Sentencia, según proceda, para no hacer especulaciones sobre el contenido de una resolución que desconozco.
Saludos cordiales
Si la sentencia dice a la salida del colegio, tiene que interpretarse literalmente, es decir, a la hora en la que cesa su actividad escolar, y el comedor es una actividad que no es escolar. Es cierto que supone un abuso de derecho, máxime si usted no puede acudir a esa hora por sus obligaciones laborales, y si acuden todos los días menos esos dos, lo que tampoco puede imponer su exmujer es que usted abone esos dos días, que es lo que parece quiere, porque va en contra de los actos propios, e insisto, es un abuso de derecho. Si la situación no se resuelve, inste una ejecución de sentencia.
González Castro - Abogado
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Penal Común
Hola.
Usted puede demostrar que, como dice el código civil, es un buen padre de familia pagando el comedor esos días. Principalmente por el bien de sus hijos, para no crearles un caos semanal, que si les toca comedor o no.
Por otro lado, si lo desea hágame llegar el convenio regulador para revisarlo. Si la madre está faltando al mismo, habría que reclamar vía judicial.
No dude en contactarme si precisa asesoramiento. Soy abogado en Santa Cruz de Tenerife.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En cuanto a las medidas, haya que estar a lo que dice el convenio regulador y la sentencia, y cualquier cuestión no regida en dichos documentos, le recomiendo que llegen ambos progenitores a un acuerdo, para evitar agrevisividad y controversia, incluso judicial.