¿Cómo adquirir un bien inmueble, cuya posesión fue comprada por mi ex compañero permanente el cual se marcho hace 23 años y hasta la fecha no se de su paradero?
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Contestado
Si posee durante treinta años o más el inmueble de forma pacífica y de buena fe, según el art. 1.963 del C.Civ. prescribirá a su favor.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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