¿cómo debe facturar una asociación sin ánimo de lucro exenta de iva?
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenos días, Vd tienen que emitir las facturas sin IVA precisamente porque tienen dicha exención por expresa disposicion legal. Lo mismo sucede en cuanto al IRPF, en tanto que no son persona física no pueden emitir facturas con retención.Cuestión distinta es si reciben facturas con retención, en cuyo caso deberán ingresar dichas cantidades mediante el modelo 111 en la Agencia Tributaria. En cuanto a la anulación de factura es posible si lo refleja en su contabilidad. Vdes necesitan de servicios de asesoria fiscal y contable, nosotros podemos ofrecerle este servicio. Contacte con nosotros en el mail rosanieto@icab.cat y le informaremos de como gestionar su asociación de forma detallada. Saludos, Rosa Nieto, abogado.