¿Cómo debe proceder el único heredero?

¿Puede éste instalarse en la vivienda sin comunicarlo a los legitimarios, por ejemplo, cambiando la cerradura?, ¿puede éste utilizar y hacer uso de todo el inventario, incluido vehículo?, ¿puede negarnos comunicación y acceso a las cenizas?, ¿puede que se haya hecho una valoración muy baja del inventario?, ¿podemos pedir una nueva tasación?, ¿podemos obligar a que acepte o no la herencia? Han pasado dos meses y no lo ha hecho mediante escritura, ¿puede negarnos el acceso y la información e intenciones?, ¿puede agotar el tiempo para pagar la legítima? ¿Se le puede exigir que actúe con respeto hacia el resto de hermanas del mismo padre y madre aunque haya sido nombrada única heredera y usufructuaria vitalicia? Gracias y saludos

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Lo mejor que puede hacer es buscar asesoramiento legal profesional, ya se ve que esta es una herencia complicada y habría que estudiarlo con calma.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Boadella Esteve Advocats

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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La verdad es que son demasiado preguntas e imposible contestarlas todas con rigor. Lo cierto es que el heredero dispone de 30 años para invetariar y aceptar la herencia. Y los legitimarios de 15 para reclamar su legítima.

Entrar o no en la vivienda depende de quien tenga la posesión, la valoracion y el inventario hay reglas a tener en cuenta, el acceso a la información puede negarlo pero hay vías para conseguirla...

A partir de aqui, la gestión de todos estos temas, visto el conflicto evidente que hay, creo que debe enfocarse de forma profesional y con el asesoramiento debido. Estamos a su disposición para ayudar-le.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes, ante el supuesto que usted plantea, debe examinarse con detenimiento el testamento, tener en cuenta la existencia de legitimarios, legatarios. Ustedes pueden obligar a que manifieste si acepta o no la herencia, y debemos tener en cuenta que el heredero sólo tiene derechos patrimoniales, no por ejemplo sobre los restos mortales. No puede dispensar trato vejatorio a nadie y dependiendo de si ustedes tienen derechos sobre la herencia pueden pedir lo que ustedes indican acerca de valoraciones, etc.

En el despacho les ofrecemos primera visita gratuíta para orientarles personalmente, y después presupuesto cerrado. Estamos a su disposición para resolver sus dudas y en su caso defender su postura en juicio.

Ignacio Tomás
Abogado
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Ante la cantidad de preguntas que formula, es imposible contestarle a todas por esta vía. Le recomiendo que pida cita y consulte todas ellas y las que le surjan con un abogado experto en herencias.
En nuestro despacho nos ocupamos de estos temas desde hace casi 15 años, y podemos resolver todas sus dudas e indicarle como actuar.

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Advocat Igualada - Josep Font Gabarró – Advocats
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Se puede hacer tramites al respecto, pero se debe estudiar el testamento para poder asesorarle. Quedamos a su disposición en nuestras oficinas info@fontgabarro.com

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