¿Cómo debo manejarme al resolver un contrato con una inquilina?

Hola.
Tengo una vivienda alquilada por habitaciones, y recientemente le he comunicado a una inquilina de una habitación, la resolución del contrato en 30 días (como marca el contrato). Tengo las siguientes dudas al respecto:
- La inquilina dice que sólo puede quedar para la entrega de llaves a las "11 de la noche" (supongo que por motivos laborales).
¿Puedo alegar que son horas inapropiadas, y proponer yo una hora a la que ella se deba adaptar, en caso de que no lleguemos a ningun acuerdo?

- Lleva varios meses pagando 10 días más tarde del plazo fijado en contrato sin mi consentimiento.
¿Se puede pedir una indemnización por los intereses que generan esos días de retraso en el pago?

Muchas gracias por su ayuda.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le sugerimos lo siguiente: 1) Que se adapte a la disponibilidad de la otra parte para recoger las llaves y dar por concluido el contrato cuanto antes, sin perjuicio de ser razonable lo que dice y de que pueda proponer otras alternativas en cuanto a la fecha y hora de la entrega de las llaves o a la forma en que tenga lugar; 2) Que se olvide de los intereses, sin perjuicio de lo que resulte del contrato y del derecho que pueda tener a una posible reclamación, ya que pueden constar más las cintas que el manto y lo importante, desde el punto de vista práctico, es que ha pagado sin un excesivo retraso; 3) Finalmente, si quiere puede contactar con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días, Usted podría solicitar intereses por la mora del pago pero previamente habría que ver el contrato suscrito por ambas partes. Respecto a las llaves siempre habría que ver que expone en el contrato o si no expone nada lo que acuerden las partes, aunque a usted le beneficia que cuanto antes le entregue las llaves será mejor. Nuestro despacho siempre intentamos una negociación con lo inquilinos para no tener que acudir a la vía judicial si así lo desean nuestros clientes. SI le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en el despacho y ver la viabilidad del asunto. Un saludo.

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Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
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Le recomiendo que acepte su hora de entrega, aunque sea extraña, nada hay regulado sobre ese particular y no creo que le merezca la pena discutirlo, preferirá que se marche cuanto antes. Sobre la indemnización por intereses, un retraso de diez días calculado a un 3,75% de interés anual debe ser también insignificante. Dudo que le merezca la pena enfangarse por tan poca cosa.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Siempre tiene usted la oportunidad de consensuar con la inquilina para resolver el contrato de alquiler suscrito, porque no estará trabajando siempre, tendrá un día de descanso y en última instancia puede realizar esta gestión a través de mandatario o apoderado que le represente. Si lo desea podemos informarle con más precisión. Un cordial saludo.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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deben acordar la hora, nadie puede imponer nada al otro, pero la inquilina tiene una posición de más fuerza, pues es usted el interesado en recoger las llaves.
Se pueden reclamar intereses si consta en el contrato; en caso contrario se pueden cobrar intereses si hubo un requerimiento fehaciente de cada impago.

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