¿Cómo debo realizar una reducción de horas a la empleada de hogar y que consecuencias acarrearía?

Tengo una empleada de hogar desde hace 15 años, dada de alta en Seguridad Social desde mayo 2012. Trabaja 18 horas por semana y por cambios económicos en la unidad familiar, queremos hacer una reducción para que trabaje la mitad, es decir, 9 horas semanales. ¿Cómo tendría que hacerlo? ¿Comunicárselo por escrito? Si no acepta este cambio ¿tengo que indemnizarla? Y si es así ¿cómo se calcula la indemnización, desde el alta en la Seguridad Social o desde que comenzó a trabajar en casa?
Si lo acepta, ¿sólo tendría que hacer una variación en la cuota de la Seguridad Social? Y en el contrato ¿cómo tendría que hacerlo? Muchas gracias. Saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
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Buenas tardes. Si se diera el caso de que la empleada no estuviera de acuerdo con la reducción de horas, Ud deberá comuncarle su desistimiento por escrito, indicando la causa, con un plazo de preaviso de 20 días siendo el contrato de duración superior a un año. La indemnización que le corresponde (siendo el contrato posterior al 1 de enero de 2012) es una cuantía equivalente a 12 días naturales por año trabajado hasta un max de seis mensualidades. Indemnización de 7 días por año de servicio con el limite de 6 mensualidades para los contratos celebrados con anterioridad al 1 de enero de 2012. En el caso de que hubiera acuerdo será una variación de datos que tendrá que comunicar en S.S aportando un documento firmado por ambas partes. El plazo de comunicación a la S.S. de las bajas o variaciones de datos es de los 6 días naturales seguientes al día que se produzca. La variación de cuotas la aplica automáticamente la tesoreria de la S.S. Quedamos a disposición. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado divorcios Zafra Raquel Morán Contreras
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Se puede reducir la jornada por causas económicas, pero si comunicándoselo a la trabajadora no estuviese conforme y no quiere seguir trabajando tendrías que indemnizarla.
De todas formas , son muchos cuestiones que no se pueden resolver en una respuesta, nuestro despacho esta a su disposición.

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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Por no ser reiterativo, comparto lo expuesto por el compañero de Ibiza

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