¿Cómo hacer para renunciar a parte de una herencia?

Buenos días.
Mi caso es el siguiente:Tenemos una vivienda hipotecada al 33% entre dos hermanos y ni padre, cuando mi madre falleció la casa se quedó al 50% de los hermanos y el otro 50% de mi padre. El asunto es que yo no quiero esa vivienda y mi hermano se quiere quedar con la casa y la hipoteca correspondiente, que pasos tendríamos que seguir y que coste tendría.
Muchas gracias

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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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Para planificar adecuadamente esta operación, hay que examinar toda la documentación y acordar con el Banco la modificación de la hipoteca. Para ello es aconsejable que consulte con un Abogado, que pueda examinar las Escrituras de la vivienda y de hipoteca, así como la documentación relativa a la herencia.
Realizada adecuadamente puede significar un importante ahorro. No se puede dar una opinión sin examinar toda esta documentación. Suerte.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
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Buenos días
La única opción posible para quedar fuera de esa vivienda, al menos en lo que le corresponde a la herencia de su madre, es renunciar a la misma; lo que sucede es que si hay más bienes de su madre que le pudieran corresponder renunciará también a ellos, no se puede renunciar parcialmente a la herencia. Otra opción sería hacer una transmisión entre hermanos, pero el coste fiscal de esa operación no lo hace aconsejable.
No obstante, se deberían valorar todas las circunstancias del caso para buscar la mejor solución posible, para lo que debería asesorarse personalmente.
Esperamos haberle sido de utilidad; estamos a su disposición en Torrent.

Un saludo.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Entonces usted no quiere renunciar a la herencia. A las herencias se renuncia o no se renuncia.
Lo que usted pretende es hacer un partición por lotes.
Si no se pudiese habría que pagar a hacienda de su comunidad autónoma por el exceso de adjudicación.
No obstante tienen 6 meses para liquidar impuestos de la herencia.
No lo dejen y pónganlo en manos de un abogado.

Un saludo.

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Abogado Convenio Regulador Las Palmas Sandra Ochoa
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Buenas tardes, en cuestión de hipotecas es con el banco con quién primero tienen que hablar. Es el que tiene que dar el visto bueno para que sea su hermano el único titular del préstamo
A partir de eso ya podrán cambiar la titularidad con escrituras nuevas, bien por donacion, por compraventa...
Espero le haya servido de ayuda, si desea más información póngase en contacto conmigo.

Un saludo

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