¿Cómo obtener patria potestad de mis hijas?
Cristina Bécares, advocats i mediadors
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Animal
Buenos días, por norma general la patria potestad es de ambos progenitores y la guarda es lo que se otorga a ambos o a uno de los dos (custodia compartida o individual).
Debe iniciar los trámites de guarda y custodia en el Juzgado para regular la guarda de las menores, y dependiendo de los hechos concretos del caso se puede valorar la posibilidad de solicitar la suspensión de la patria potestad.
Un saludo.
Despacho especialistas en mediación Madrid. Acordemos
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días
Nuestro trabajo de mediadores profesionales es facilitar un acuerdo a las partes en conflicto cuando no encuentran una solución a su disputa. En este caso parece que no hay conflicto, sino solo una consulta, por lo que recomendamos acuda a un abogado de familia,
Saludos cordiales