¿Cómo opera la situación de I.T. en un trabajador pre-jubilado?

Queremos pre-jubilar a un trabajador, con una jornada de trabajo de un 25% y un 75% de jubilación, puesto que vamos a contratar a un trabajador mediante un contrato de relevo.
La duda: ¿Qué pasa si el trabajador pre-jubilado entra en situación de I.T.? ¿La asume la empresa como si estuviera en activo al 100, es decir, como un trabajador normal? ¿Es lo mismo si entra en situación de I.T. en el período que no trabaja? ¿Y si está en situación de I.T. cuando debe realizar su jornada?
Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Divorcios Lucena - Rafael Grande Sanchez
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La situación es la misma que un trabajador normal. Si el trabajador reúne los requisitos para acceder tanto a la jubilación parcial como a la I.T. y el médico de familia le ha dado la baja por enfermedad común, salvo que el trabajador haya actuado fraudulentamente para obtener la prestación de I.T.

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Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia

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Efectivamente, tal y como le comenta mi compañero, la situación es la misma que la de un trabajador a jornada completa. Saludos

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Abogado Despidos Valladolid Yolanda Mosteiro Velasco
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Buenos días:

Tal y como comentan mis compañeros, se ha de considerar como si fuera un trabajador normal.

Saludos cordiales

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