¿Cómo paralizar un juicio monitorio?

Mi comunidad me lleva a juicio por deuda, alegan deuda que no va firmada por el presidente, y no me fue notificada según el Art. 9 de la LPH.

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ABOGADO RECLAMACION DEUDA BILBAO LAU Abogados

ABOGADO RECLAMACION DEUDA BILBAO LAU Abogados

Abogado de Bilbao especializado en Reclamaciones de Impagados

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Buenas tardes. En relación con la consulta realizada, decirle que sería de gran interés que ampliase información, además de poder analizar la documentación en la que la comunidad basa su petición. Las reclamaciones de deudas mediante procedimientos monitorio, según la Ley de Enjuiciamiento Civil, exige que se cumplan una serie de requisitos. Por ello, le aconsejamos que se ponga usted en contacto con un abogado para poder analizar con más exactitud el asunto y poder darle una respuesta más concreta, para lo que quedamos a su disposición. Debe tener en cuenta que para oponerse a la petición de monitorio, es posible que tenga que ir acompañado de abogado y procurador. Esperamos haberle ayudado.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Sería conveniente estudiar la documentación y ver la demanda y los documentos acompañados para examinar si los mismos reúnen los requisitos propios para acceder al juicio monitorio. Sepa que para oponerse al mismo es preciso que conteste en el plazo establecido desde su notificación (con abogado o no en función de la cuantía del procedimiento) y que en caso de que se oponga se abrirá el correspondiente procedimiento declarativo.
Si es su interés, puede ponerse en contacto con este despacho. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Fernando Gil Pérez

Fernando Gil Pérez

Abogado de Bilbao especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Si la deuda que le reclaman tiene defectos materiales o formales que la invalidan, puede oponerse a la reclamación en base a los mismos.

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