¿Cómo puede un heredero rechazar su parte?

Mis padres dejaron testamento y somos 3 hermanos pero uno es moroso, qué pasararía? ¿Y en caso de fallecimiento de éste?

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ABOGADA-TENERIFE SUR-CANDELARIA

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Abogado de Candelaria

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Buenos días,

En principio, con los escasos datos que me indica, resulta complicado acertar de plano en el fondo de lo que le inquieta; pero, lo único que mermaría el caudal de la herencia sería que las deudas pertenecieran a sus padres (RIP). Cada hermano heredará la porción legal (el tercio de legítima), con más las mejoras en la proporción que sus padres hayan dispuesto y el último tercio es de libre disposición... puede atribuirse a quien sus padres dispusieran, o distribuirlo también entre los 3 hermanos en función de lo que ellos hayan dejado dicho en el testamento.
Los acreedores sólo podrán ir contra su hermano moroso con el límite de lo que le hubiera pertenecido en esa herencia. Si falleciese, su parte se acumularía entre los dos hermanos supervivientes en proporción de a la mitad.

Espero haya podido resolver sus dudas. Suerte y un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En el caso que comenta, al moroso le podrían embargar los bienes que adquiera o la parte que tenga en los bienes que adquiera si pertenecen a varios herederos. Por otro lado, si muere un heredero, hay que distinguir si fallece antes que sus padres o después, ya que en el primer caso hay que ver lo que dice el testamento de sus padres para ese supuesto; y en el segundo caso, hay que estar al testamento del heredero que haya muerto después de sus padres. Si desea ampliarnos la información para que le respondamos cualquier otra cuestión, contacte con nosotros y pídanos un presupuesto.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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No pasan las deudas del moroso a los herederos. Responde con sus bienes y la parte de la herencia que se le adjudique. Si fallece hay que estar a su testamento.

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