¿Cómo puedo impugnar un traslado de centro de trabajo?
Hola, buenos días.
Teniendo en cuenta la información disponible, yo le recomendaría, en primer lugar, confirmar si lo que firmó era una novación del contrato o una simple modificación. Si realmente se trata de una novación, el nuevo contrato sustituye al antiguo y lo que ahora estarían haciendo sería, en apariencia, un caso de movilidad geográfica, frente al cual, usted puede oponerse. Por el contrario, si únicamente firmó una modificación, el traslado entraría dentro del poder de dirección de la empresa y no podría oponerse a él, pues en el primer contrato ya figuraba el centro de trabajo al que quieren que vuelva.
En segundo lugar, sería preciso determinar si se trata de una medida de carácter previsiblemente permanente (traslado) o temporal (desplazamiento). Si como usted indica es un traslado de carácter individual, tiene tres opciones: aceptarlo (tiene derecho a una compensación por los gastos que el traslado le ocasione a usted y a su familia, en los términos que se pacten o como mínimo según lo que indique su convenio colectivo); solicitar la extinción del contrato, al no estar de acuerdo con el traslado, pero haber sido hecho conforme a derecho ( tiene derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con el límite de 12 mensualidades); o impugnarlo judicialmente, al considerar que el traslado no es conforme a derecho o que las causas no son ciertas (el plazo para impugnarlo es de 20 días hábiles a contar desde la notificación efectiva de dicha medida y es un plazo de caducidad). Se trata de un procedimiento urgente, pero hasta que no haya sentencia, usted debe acatar la decisión empresarial.
Abogado Laboral Pamplona - Aranzazu Arias Leiro
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho del Trabajo
Si no he entendido mal, nunca llegaste a trabajar para el centro para el que fuiste contratado, y sí para el centro respecto del cual firmasteis el acuerdo de novación. Es correcto?
Te han comunicado por escrito el cambio?
Habría que ver la documentación y estudiar qué marca la normativa al respecto; en principio, no parece un traslado (no implica cambio de domicilio), con lo que hay que dilucidar si se considera una modificación sustancial de condiciones de trabajo o una decisión que se encuentra dentro del poder de organización de la empresa. Todo eso, antes de decidir si se impugna la decisión ante los tribunales.
Si necesitas más información o quieres solicitar una cita, puedes ponerte en contacto con nosotros.
Un saludo,
Eso sería una modiciación sustancial de las condiciones de trabajo.
Debería de haber rechazado ese traslado de Centro de Trabajo y extinguir su contrato con 20 días de salario o impugnarlo judicialmente.
Podemos ayudarle. No lo dude y contacte con nosotros.