¿como puedo plantear la reclamación a mi banco para solicitar un cambio de irph a euribor?
Puede remitir un correo certificado con acuse de recibo o un burofax o simplemente entregando la carta en mano en la oficina bancaria y solicitando que le sellen una copia.
Lo más probable es que rechacen su petición, salvo que Vd. sea un cliente preferencial o importante.
Es aconsejable que realice este trámite asesorado por Letrado, el cual podrá entrevistarse con el Director de la Oficina bancaria y tratar de alcanzar una solución negociada.
Lamentablemente considero que existen pocas probabilidades de que prospere su petición, ya que el Banco alegará la obligatoriedad de los contratos.
No obstante todo lo anterior, si considera que la cláusula de su contrato es abusiva, un Letrado podría estudiar la documentación y analizar si es viable la reclamación.
Puede remitir un correo certificado con acuse de recibo o un burofax o simplemente entregando la carta en mano en la oficina bancaria y solicitando que le sellen una copia. Lo más probable es que rechacen su petición, salvo que Vd. sea un cliente preferencial o importante. Es aconsejable que realice este trámite asesorado por Letrado, el cual podrá entrevistarse con el Director de la Oficina bancaria y tratar de alcanzar una solución negociada. Lamentablemente considero que existen pocas probabilidades de que prospere su petición, ya que el Banco alegará la obligatoriedad de los contratos. No obstante todo lo anterior, si considera que la cláusula de su contrato es abusiva, un Letrado podría estudiar la documentación y analizar si es viable la reclamación.
Buenos días, habrá que estar a lo que dice la escritura de hipoteca, en cualquier caso,se han aprobado nuevas medidas con la nueva ley de emprendedores , así, las hipotecas que estén referenciadas al IRPH-Cajas, IRPH-Bancos y el Tipo CECA deberán atender a partir de ahora a un nuevo valor. En concreto, este referente se extraerá de la "media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo", según se precisa en la disposición legislativa.
Para cualquier colsulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros, www.rubioruscalleda.com, situados en el Campello, Alicante.
Gracias , un saludo.
Estimado consultante,
Como bien comentan mis compañeros es imprescindible analizar con detalle la escritura.
No obstante los trámites serían en primer lugar extrajudiciales, en los cuales nos pondríamos en contacto con el banco a fin de poder llegar a un entendimiento y en caso negativo se interpondría demanda judicial, siempre en todo caso habiendo analizado su viabilidad.
Un saludo,
María García Parla
-Abogada-
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, puede plantera la reclamación, pero consideremos que tiene pocas garantías de éxito, el banco alegará obligatoriedad contractual, si usted lo desea podemos intentar estudiar con más detalle, lo que comenta , primera visita gratuita. Un saludo. www.agabogados.cat
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
En principio lo único que puede hacer es negociar con el banco. Sin embargo, si el banco no acepta el cambio no veo posibilidades, puesto que es una obligación contractual que debe cumplirse. Es obligatoria. Un saludo.
PORTERO y PEÑA tus ABOGADOS
Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género
Desgraciadamente no puede hacerlo.
Solo puede pedir a otro banco que le mejore sus condiciones actuales.
Un abrazo