¿Cómo puedo traer el padre de mi hijo a españa?
La solicitud de reagrupación se presentará en el Consulado Español de origen. (Es decir los trámites se realizan en el país de origen) no desde España. Una vez examinada la documentación y cumplidos los requisitos se expedirá visado para entrar en España como reagrupado comunitario.
Si la estancia es superior a 3 meses el interesado deberá solicitar la tarjeta de residente de familiar comunitario.
Documentación a presentar en el Consulado de España:
- 4 Formularios con 4 fotografías de solicitud de visado Schengen.
- Pasaporte con vigencia de al menos de cuatro meses (Original y fotocopia de la hoja donde aparecen los datos personales).
- Libro de familia, para españoles y ciudadanos comunitarios cuyas autoridades lo expidan. (Original y copia).
- Certificado de matrimonio, apostillado por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se haya contraído matrimonio y certificado del Consulado o Embajada que acredite que el matrimonio está registrado y es válido (en el caso de ciudadanos comunitarios que no cuenten con libro de familia). (Original y fotocopia).
- DNI o Pasaporte del reagrupante Español o tarjeta de residencia comunitaria para aquellos ciudadanos comunitarios no españoles (Fotocopia compulsada).
- Certificado de empadronamiento del ciudadano comunitario que quiera realizar la reagrupación.
- Acta de manifestaciones del cónyuge comunitario suscrita ante Notario, donde manifieste que está de acuerdo en que su esposo/a venga a vivir con él a España (original y copia).
- Si el reagrupante es Jubilado, rentista (no activo) o estudiante, deberá acreditar medios económicos bien con la declaración de la renta, justificación de ingresos y contar con un seguro médico a todo riesgo que cubra al familiar que desea reagrupar