¿Cómo se atribuye la culpa en este caso?

Buenas tardes.
Les presento el siguiente caso que se da en un familiar. Hace años ocurrió un accidente laboral y muerte de un trabajador de una empresa a la cual contratamos un servicio, durante su realización. Esta persona, no había sido dada de alta en la Seguridad Social, y no había recibido curso o indicaciones sobre las normas de seguridad y salud por parte de la empresa que contratamos. Tampoco por nosotros, pues desconocíamos la situación irregular del trabajador (creo que la ley dice que debimos hacerlo).
Se demostró en el juicio administrativo que el accidente no pudo ocurrir, sino por imprudencia del trabajador. La sentencia de este juicio quedó más que en el pago de una compensación a la familia del fallecido.
¿Es esta resolución de gran ayuda para el juicio penal? ¿Se le puede atribuir mayor responsabilidad a los encargados de la empresa del trabajador que a nosotros a quienes solo nos prestaron un servicio? ¿Puede haber pena de prisión para gerentes de nuestra empresa (sin antecedentes penales) si el fiscal pide 3 años e inhabilitación? Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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El juez penal no se encuentra vinculado por lo resuelto por un juez de lo contencioso, si bien no deja de ser relevante a efectos probatorios la sentencia dictada en un juicio con todas las garantías, aunque sea de otro orden jurisdiccional, por lo que es aconsejable que sea aportada por la defensa siempre que tenga el alcance que dicen, ya que es contradictorio, en principio, que se atribuya el accidente a la imprudencia del trabajador y se condene, sin embargo, al pago de una indemnización, por lo que habría que saber su tenor. Por lo que respecta a las responsabilidades se fijan en función de la participación que se haya tenido en los hechos, por lo que tendrían que ser examinadas las actuaciones para tener un conocimiento más detallado de lo sucedido. Finalmente, con una pena de 3 años se puede entrar en prisión, incluso sin antecedentes, por lo que si se quiere evitar esa posibilidad tendrán que alcanzar un acuerdo con la Fiscalía.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
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Buenas tardes:

Si tienen una sentencia de un juzgado que declara que la causa de la muerte es por imprudencia del trabajador, entiendo, a priori, que puede usted aportarla como prueba de descargo en favor de su empresa en cuanto a que no tuvo intervención en el fallecimiento ni siquiera a título de imprudencia. Así pues, le recomiendo se la haga llegar a su abogado, que tras examinarla, podrá tomar la decisión más oportuna.
En cuanto a la pena que solicita el fiscal, si finalmente es condenado en esos términos, a priori sí podría entrar en prisión. No obstante, sigo reiterando que el abogado que le esté llevando el asunto le podrá asesorar más convenientemente ya que dispone de más datos que nosotros.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado Cliente:

Como especialistas en derecho penal, del cual somos pioneros en España, necesitaríamos tener una reunión con Usted para conocer los detalles del procedimiento, ya que un asunto penal de este aspecto es necesario conocer cada detalle.

Nuestro bufete tienes más de 30 años de experiencia en la negociación de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional.

En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros.

Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.

Atentamente

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LEX ABOGADOS

LEX ABOGADOS

Abogado de Talavera de la Reina especializado en Derecho de Familia

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Buenos días, la Sentencia dictada en el orden contencioso no vincula al Juez de lo penal, lo que no significa que este sentencia se pueda aportar pues podría resultar relevante. Por otra parte y con respecto a la responsabilidad , a no podemos contestar a esa pregunta pues tendríamos que revisar las actuaciones. Si lo desea puede contactar con nosotros mediante vía telefónica o email, trabajamos para toda España.

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ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
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Buenas tardes:
Tendría que examinar la sentencia del Tribunal contencioso administrativo y el expediente penal.
Si lo desea puede contactar con nosotros en nuestro despacho de El Puerto de Santa María.
Atte.

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