¿Cómo se calcula la legítima?
Buenas tardes.
En Cataluña la legítima se computa por valor de mercado a la fecha del fallecimiento (con deducción de deudas), por tanto debe tomarse el valor por el que se venden bienes similares en algún portal de Internet, o solicitar un informe a un API que pueda determinar el valor de mercado. Sobre el valor de mercado menos deudas se computa 1/4 a repartir entre los legitimarios (usted, aunque sea heredero también cuenta como legitimario).
Saludos .
ADVOCAT ACCIDENTS DE TRÀNSIT GIRONA SUSANNA CASTELLVI
Abogado de Sant Feliu de Guíxols especializado en Derecho de Familia
Lo correcto es con el valor de mercado. Debería llegar a un acuerdo pues tenga en cuenta que desde la fecha de la defunción se devengan intereses del importe de la legítima.
Si ve que la cosa se alarga, debería hacer un ofrecimiento de legítima, por lo menos.
Si necesita más información se puede poner en contacto con nuestro despacho.
Saludos.
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes.
Estamos de acuerdo con los compañeros. Si necesita más información puede contactar con nuestro despacho profesional situado en Girona, para que nuestros profesionales le informen y le asesoren de cómo proceder.