¿Cómo se calcula la legítima?

Tengo una vivienda en Cataluña como heredero, ¿cómo calculo la legítima ante mis hermanos, por el valor catastral o valor catastral multiplicado por el coeficiente? Es heredada en el 2015.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes.

En Cataluña la legítima se computa por valor de mercado a la fecha del fallecimiento (con deducción de deudas), por tanto debe tomarse el valor por el que se venden bienes similares en algún portal de Internet, o solicitar un informe a un API que pueda determinar el valor de mercado. Sobre el valor de mercado menos deudas se computa 1/4 a repartir entre los legitimarios (usted, aunque sea heredero también cuenta como legitimario).

Saludos .

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ADVOCAT ACCIDENTS DE TRÀNSIT GIRONA SUSANNA CASTELLVI
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Lo correcto es con el valor de mercado. Debería llegar a un acuerdo pues tenga en cuenta que desde la fecha de la defunción se devengan intereses del importe de la legítima.

Si ve que la cosa se alarga, debería hacer un ofrecimiento de legítima, por lo menos.

Si necesita más información se puede poner en contacto con nuestro despacho.

Saludos.

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Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES

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Buenas tardes.

Estamos de acuerdo con los compañeros. Si necesita más información puede contactar con nuestro despacho profesional situado en Girona, para que nuestros profesionales le informen y le asesoren de cómo proceder.

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