Compatibilidades de pensiones
Con carácter general la pensión de jubilación e invalidez del mismo régimen son incompatilbes, debiéndose optar por una de ellas.s incompatible con la pensión de jubilación del mismo régimen, debiéndose optar por una de ellas, si bien, la pensión de incapacidad permanente puede ser compatible con una pensión de jubilación de otro régimen distinto, si bien habrá que analizar el régimen de cotizaciones a efectos de la jubilación.
No obstante, si la pensión de incapacidad derivada de accidente de Trabajo es concedida al amparo del antiguo Reglamento de Accidentes de Trabajo de 22 de junio de1956, si es compatible con cualquier otra pensión.
Saludos,
JIONOS ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho de la Circulación
Buenas tardes,
En relación con su consulta de las pensiones, habría que ver detenidamente la pensión que cobras desde 1989 y sus actualizaciones, y la pensión por tu jubilación.
Actualmente ¿ Has estado trabajando desde 1989 hasta la fecha en otra actividad?
Si no has trabajado y a la fecha de hoy te jubilas por la edad, si estudiar tu caso no le puedo garabtizar que sea viable otra pensión.
Las pensiones que se pueden compatibilizar se refiere a la realización de varios trabajos a la vez, o por viudedad del conyuge, etc...
Si lo desea podemos concertar una cita y gestionarle su compatibilidad. Para ello puede ponerse en contacto conmigo en rafaelmoncayosuarez@gmail.com o en el tlf que encontrará en mi ficha de esta página. Tengo despacho en Sevilla.
Un saludo