Compra venta piso ficticia

Hola, mi padre ha fallecido y previamente vendió, supongo, ficticiamente un piso a favor de mi hermano. Ahora se reparte la herencia que no incluye ese piso porque ya no es parte de la herencia. ¿Que puedo hacer para demostrar que no fue compra-venta real? ¿De qué plazo dispongo, si prescribe?

Respuestas de otros profesionales:
Premium
A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Buenas tardes:
Habrá que solicitar la nulidad por simulación de la escritura. Tenéis cuatro años, pero ha que acreditar muy bien que fue algo simulado; por ejemplo, sin precio, sin pagar impuestos etc.

Estoy a su disposición, somos expertos en esos temas.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogados Ruidos Madrid Osset Estudio Jurídico
  • 1 voto útil
Contestado

Buenas tardes,

lo primero que hay que hacer es pedirle a su hermano que acredite el pago de esta vivienda. En caso de negarse, y si en los extractos bancarios no figura ninguna transacción en las fechas en las que consta la compraventa habría que iniciar una acción judicial para que se declarase que lo que se produjo fue una donación, simulada de compraventa, y de esta forma se tenga en cuenta en la partción hereditaria.

Para más información no dude en concertar una entrevista personal en nuestro despacho.

Un atento saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Para probar que era un contrato ficticio deberá probar que en realidad no han existido los elementos del contrato de compraventa, concretamente que no se ha pagado un precio real. La prueba puede ser de todo tipo, documental, testifical.
La prescripción del ejercicio de la acción comienza a contar desde que pudo usted ejercitar la acción de nulidad de la compraventa y el plazo de prescripción son quince años.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
  • 1 voto útil
Contestado

Pídale a su hermano la escritura de compra venta y mire a ver como se pagó el piso. Siga el rastro del dinero, ya que es de imaginar que sería una cantidad importante. Si el dinero no entró en la cuenta de su padre podría iniciar acciones. Si su hermano no le entrega la escritura piense lo peor.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado