La compradora de mi vivienda me dice que me va a demandar por vicios ocultos.
Sinceramente, creo que no, aunque nadie está libre de que lo demanden sin base suficiente. Para evitar este tipo de problemas se suele incluir en el contrato de compraventa una cláusula según la cual el comprador recibe la casa como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentra. Los defectos encontrados no la hacen inhabitable, sobre todo el de la potencia de luz contratada, pues cada cual puede adecuarla a sus necesidades y es presumible que el comprador la conociese, al facilitarle usted las facturas para hacer el cambio de titular. En lo referente a la gotera, sí deberá responder si el defecto era anterior a la venta, estaba oculto y el comprador no fue advertido. Ver art. 1484 del Código Civil y jurisprudencia. Quedo a su disposición.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que ver la escritura que firmaron y saber más sobre las goteras y el problema eléctrico que comenta para poder valorar su relevancia en relación con una posible reclamación por vicios ocultos. No obstante, si el problema de filtraciones o eléctrico era previo a la venta y se trató de ocultar, la compradora puede ejercitar una acción de vicios ocultos; si bien usted siempre tendrá en ese caso la oportunidad de alegar y probar lo que a su derecho convenga para defender lo contrario. Si desea facilitarnos más datos para poder darle una respuesta más concreta, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes lo que vale la consulta.