Compraventa.

Agustín y yo celebramos un contrato de compraventa en virtud del cual el primero se obligaba a entregar la finca “El racó” y yo a pagar la cantidad de 1 millón de euros. Esta cantidad la pagué íntegramente en el momento de perfección del contrato dejándose para después la entrega de la finca (1 mes a contar desde la fecha de la perfección del contrato). Cumplido el plazo Agustín no me entrega la finca. Puedo ejercitar la acción reivindicatoria?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

En la compraventa de inmuebles la entrega se realiza de forma instrumental: con la firma de la escritura. Si ésta se firmó, ya se ha procedido a la entrega de la finca, por lo que usted puede ocupar la finca sin necesidad de acto de entrega alguno; y, caso de que alguien la ocupe sin su consentimiento puede usted instar judicialmente su desahucio (procedimiento judicial rápido y sumario en que el ocupante tiene acreditar, para no ser lanzado, la existencia de un título o derecho que le permita estar en esa finca). Si no se ha firmado la escritura, lo que puede usted exigir es que se proceda a su firma, o que el Juez le convierta a usted en propietario mediante una sentencia que, en este caso, sustituiría la escritura notarial. Para más información puede contactarnos al telf 937882932

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
Contestado

Para mí es mejor solicitar el cumplimiento del contrato. Además si se otorgó escritura pública podrá interponer una demanda ejecutiva para exigir el cumplimiento, lo que es mucho más rápido. Eso sí, necesitará abogado y procurador. Quedo a su disposición´para ampliar la información.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
Contestado

Buenos días el contrato de compraventa se perfecciona por el consentimiento no es un requisito indispensable la entrega de la cosa, lo que usted podrá reclamar es el incumplimento del contrato por parte de Agustín, un saludo.
Si necesita mas información puede encontrarnos en www.alyabogados.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Contestado

Solicite el cumplimiento del contrato, o en su caso las consecuencias de su incumplimiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado