Firma de contrato de arras sin NIE

Buenas tardes, gracias de antemano.
Firmamos con la inmobiliaria un documento de aceptación de venta. Con firma de contrato de arras en una fecha y firma ante notario, 3 meses después. En este contrato de arras se nos entrega una cantidad de dinero.La cuestión está en que la Inmobiliaria nos comentó que era extranjero pero no nos comunicó que no tuviera el NIE. También nos informa que el contrato de arras lo va a firmar el hijo. ¿Cuales son los Inconvenientes de la firma del contrato de arras sin NIE, de cara al vendedor (nosotros)? ¿Si firma el hijo, que tiene NIE (creo) debe de tener un poder notarial español, no? ¿Nos podemos negar a firmar el contrato de arras porque no tiene NIE? ¿Los cheques bancarios nominativos deben de ser de bancos españoles, no? sino, como certificamos su validez?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva Abogados
Contestado

Por sus palabras, entiendo que el contrato de arras todavía no se ha firmado, pero que han aceptarlo hacerlo. El inconveniente de la no obtención del NIE por el comprador es que implica que no tiene domicilio en España. Sin embargo, se puede contratar con extranjeros y en el contrato ha de reseñarse sus datos de identidad y dirección. Su hijo puede firmar el contrato si tiene poder notarial, o si el contrato se va a celebrar a su nombre. El banco designado ha de operar en España, pues de lo contrario tendría que trasladarse al extrajero para cobrarlo.
Es una cuestión compleja: yo plantearía una condición resolutoria ante el impago o reserva de dominio.
Para más información, póngase en contacto con Antonio Villanueva Abogados. 986891821; antoniovillanueva@icapontevedra.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado