Compraventa local, incomparecencia y ratificación posterior
Si en el contrato figura una fecha fija y usted no comparece,el vendedor puede resolver el contrato debido a su incomparecencia. No se puede ratificar algo que no se ha celebrado y si usted no comparece no se puede celebrar el contrato, a no ser que usted de poderes notariales a su socio o a otra persona para que firme o alguien vaya como mandatario suyo y ratifique usted posteriormente la compra. Lo mejor sería para evitar problemas que pacte por escrito con el vendedor una prórroga de la fecha de escritura, siempre que se pudiera hacer por el contrato que se haya firmado. Un saludo
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Coincido con mi compañero en la conveniencia de que, si no pudiera asistir, apodere a su socio o a un tercero para que pueda comparecer por Ud.
De esa forma queda garantizada la unanimidad de los socios de la comunidad para la firma de la escritura en su fecha de formalización.