comunidad de vecinos

tengo una junta, el portón de la cochera esta roto y la puerta de entrada también. A parte hay un vecino que algunos viernes o sábados pone la música muy alta hasta los 5 o las 6 de la mañana. Quiero saber que hacer y si legalmente puedo exigir que reparen la puerta y el portón o necesito que todos estén de acuerdo. También me gustaría saber si es legal que pongan que no se a pagado 3 recibos y pongan tu nombre si faltas 6 días para pagar. atentamente, josefa. gracias, espero tener contestación lo antes posible ya que me urge saberlo antes del jueves 7 de febrero para así poder hacer algo o no .

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ADVOCATS ANDORRA - Xavier Lopez Horischnik
Contestado

Buenos días, hemos recibido su petición en data 4 de marzo, quisiéramos saber si todavía están interesados en recibir una respuesta a su pregunta sobre la comunidad de vecinos o ya lo han podido solucionar, visto que les urgía antes del jueves día 7 de febrero.
Perdone el retraso pero hemos recibido su petición el 4 de marzo.
Para qualquier consulta o aclaracion no dude en llamarnos.
Begoña CARRERA.

Begoña CARRERA FERNÁNDEZ.
- Secretària -
BSLG - ADVOCATS
Sophie BELLOCQ ANNEY
Anna SOLÉ AGUSTÍ
Xavier LÓPEZ HORISCHNIK
Stéphanie GARCIA GARCIA

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AD500 Andorra la Vella
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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
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Buenas tardes, la Comunidad está obligada a realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y seguridad. Respecto a los ruidos debe comunícaselo al presidente o administrador si existe para que medie en el asunto con el vecino que no cumple con las normas de convivencia. Y por último la publicación de la lista de los morosos sólo será lícita en los casos en los que la notificación al interesado sea imposible, siendo obligatorio poder acreditar los intentos de notificación previos al deudor de manera que no sea posible de otra forma.

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