Concurso de acreedores voluntario (s.l.)

Soy accionista al 95% (siendo el restante 5% de mi mujer) y administrador único de una sociedad limitada creada hace poco más de 1 año con 15.000 euro de capital. Unos meses después de crear la S.L. se consiguió un préstamo bancario por 50.000 euro (sin avales) para desarrollar nuestra plataforma web. Desafortunadamente, como consecuencia de no encontrar otros socios o inversores, la S.L. se ha quedado sin recursos y dicho desarrollo finalmente no se ha completado (o sea, todavía no hay producto ni ventas!). Para quedarme tranquilo como administrador, entiendo que la mejor opción que tengo es parar la actividad (ya no tenemos empleados ni otros proveedores/acreedores, excepto por el banco) y presentar concurso de acreedores voluntario.Mis preguntas: 1) cuánto podría costar el concurso? 2) la masa resulta ser unos muebles y ordenadores por unos 1000 euro (a precio de listino) y un credito IVA de casi 5000 euro. Se puede utilizar para satisfacer los gastos del concurso, al no tener la S.L. dinero en la caja/banco? 3) Cuánto tiempo tardará el procedimiento concursal en acabar? (Barcelona) 4) Puedo presentar el concurso y montar otra S.L., ser su administrador y arrancar un nuevo proyecto? 5) Qué tipo de asesor necesitamos para tramitar el concurso (es suficiente nuestro gestor o necesitamos contratar a un abogado especializado)? 6) Los honorarios de dicho asesor se cobran a parte o podemos satisfacerlos a través de la masa del concurso? 7) De que importe estamos hablando? Gracias.

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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En primer lugar, tenga en cuenta que para poder tramitar el concurso de acreedores debe tener más de un acreedor, de lo contrario no se lo admitirán a trámite.

Los gastos del concurso se satisfacen con la masa activa de la empresa, pero tenga en cuenta que al ser necesario abogado y procurador, es posible que éstos le soliciten una provisión de fondos por adelantado para iniciar los trámites.

Con el escenario que plantea, podría intentarse conseguir la admisión a trámite y archivo simultáneo del concurso, con lo que la duración del procedimiento sería rápida.

Por último, usted puede iniciar un nuevo proyecto que no se considere continuación de la misma actividad. Este punto es un asunto complejo que es mejor tratar en persona.

Sin contar los gastos de administración concursal, que cobraría, en su caso, de lo que haya en la masa activa, poner en marcha el concurso le supondría, entre procurador y abogado, al menos 3.000 €.

Quedamos a su disposición en el 931870495.

Un saludo.

Juan

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Boadella Esteve Advocats

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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Somos especialistas en concursos por lo que, sintiéndolo mucho, una aproximación de costes, movimientos posibles, etc. es imposible realizarla sin examinar previamente la documentación

en todo caso, en relació a cuestiones que plantea, para realizar el concurs se necesita un abogado y procurador, no lo puede hacer un gestor. Tengan en cuenta también los riesgos de la teoría del levantamiento del velo en caso de abrir una nueva SL, con idéntico domicilio, idéntica actividad y idénticos socios/administradores; cualquier creditor va intentar derivar la responsabilidad.

Si es administrador y esta en situación de concurso, le recomiendo la lectura de nuestro articulo informativo:

https://boadellaiesteveadvocats.wordpress.com/2013/04/09/la-responsabilitat-de-ladministrador/

Por supuesto, no dude en ponerse en contacto con nosotros para un mejor asesoramiento, plan de trabajo y presupuesto.

atentmente,

Boadella Esteve advocats
www.boadellaiesteve.cat
despatx@boadellaiesteve.cat

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Hay alternativas al concurso de acreedores, sobre todo debido al elevado coste que tiene la representación legal, y los efectos son prácticamente los mismos.
En un procedimiento concursal debe ser representado por abogado y procurador, no por un gestor.
No deberia iniciar una nueva actividad a la que pueda considerarse sucesora de la anterior: el acreedor - entidad financiera intentará, lógicamente, derivar las responsabilidades.
Hay, sin embargo, alternativas que cabria tener en cuenta.

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