Consulta matrimonio español-extranjero
Buenos días, como bien ha dicho usted mismo, el extranjero debe iniciar un expediente en el Registro Civil antes de contraer matrimonio. Para ello deberá adjuntar una serie de documentos, algunos de ellos (por proceder del país de origen) debidamente traducidos -si su idioma no es el español- y legalizados o apostillados, dependiendo del caso. Entre estos: certificado literal de nacimiento, de soltería o divorcio, pasaporte o NIE y certificado de empadronamiento. Es posible empadronarse a pesar de estar en situación irregular.
En cuanto a los plazos, tal como le han respondido otros compañeros, el tiempo que dura el proceso depende del Registro Civil de cada ciudad, siendo muy distintos de una a otra.
Para más información, puede acudir a nuestro despacho en Chiclana.
Saludos y suerte.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
En cada localidad o juzgado los plazos difieren, por lo que deberá ponerse en contacto con el ayuntamiento o Juzgado para que le informen al respecto de las fechas disponibles así como los requisitos y documentos a aportar.
Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
Acudan al Registro Civil de su localidad donde le indicarán todos los trámites y documentación necesaria para que puedan casarse, así como los plazos de tiempo en los que su expediente matrimonial podría estar resuelto.
Esperamos haberle sido de ayuda.