CONSULTA VISITA ABUELOS NIÑOS
Sus tios pueden solicitar visitar a su nieto que está reconocido ,y al nieto mayor cuando se reconozca la paternidad del mismo. No es un derecho igual al que tiene el progenitor que no convive con los niños por estar separado del otro cónyuge, pero es un derecho reconocido al fin y al cabo. La base para este reconocimiento está en la Ley 42/2003 de 21 de noviembre que considera el papel fundamental que tienen los abuelos en la familia, y en el art. 160 del Código Civil que establece que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados".
El procedimiento para obtener el reconocimiento de este derecho es un Juicio Verbal que deberá tramitarse en el Juzgado de Primera Instancia que corresponda al domicilio del menor.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Por supuesto que los abuelos tienen derecho a un regimen de visitas con sus nietos y a relacionarse con ellos es fundamental para los niños que existan estos vinculos afectivos con toda la familia para un buen crecimiento de la personalidad y asi se recoge por la ley.El procedimiento es por via judicial ya sea con el consentimiento de la madre o bien contenciosa en cual quier caso dado que los abuelos lo criaron aun lo tienen mas facil.En cuanto al no reconocido primero tendra que ser reconocido para poder tener ese derecho.Nuestro despacho esta especializado en estos temas,puede contactar si lo desea en el telefono: 615 517 528
Saludos.LOLA TORMO-abogados-Valencia
Abogado Comunidad de Propietarios Valencia - Emilia I. Picazo Moll
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Los abuelos (y otros parientes) pueden acudir al Juzgado para que se les reconozca el derecho a ver a su nieto. Los abuelos ocupan una situación especial respecto de los nietos de carácter singular y se presume que la relación del nieto con los abuelos es enriquecedora. Las visitas dependerán de las circunstancias concretas, no son iguales que las que se establecen para los padres. Un régimen que suele establecerse es de un día al mes, sin pernocta, por lo general.
Como abuelos tienen derecho de visitas para con sus nietos. Se puede realizar de mutuo acuerdo con la madre, redactando un pacto de convivencia, en el que se especifica los horarios de visitas. Si la madre no quiere, tienen los abuelos la opción de recurrir a un procedimiento judicial.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Sí. Para ello deben interesar que el Juez les fije un derecho de estancias y comunicaciones. En este despacho trabajamos a nivel de Cataluña todos los temas de familia, pudiendo concertar cita con nosotros a través del teléfono 937882932.
Desde luego que tienen derecho de visitas, así lo estipula el Código Cívil. Para ello deberán solicitarlo al Juzgado. Si quiere ampliar información póngase en contacto con este Despacho en el tlf. 91 571 01 41
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Por supuesto que los abuelos tienen derecho a relacionarse con sus nietos. Se establecerá un régimen de visitas. Quedo a su disposición para cualquier consulta ulterior.
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
Si, pero hay que solicitarlo judicialmente a traves de un procedimiento civil. Necesitan abogado y procurador para presentar la demanda solicitando régimen de visitas para los abuelos paternos